Que por medio de Sentencia de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia del día de la fecha se ha declarado que la entidad mercantil Hidrotecnoagua, S.L. (enlace), era titular exclusivo del modelo de utilidad limitado nº ES1100207Y2 (nº de solicitud U201430117) “Válvula de alimentación”, hasta la fecha en que dicho título caducó, el día 29 de enero de 2024, de tal forma que el dispositivo contenido en el producto “FENYX DUAL”, titularidad de la entidad mercantil Fominaya, S.A., relativo al sistema de bloqueo “por clipado” era infractor de dicho modelo hasta el día indicado, y que, a partir del día 30 de enero de 2024, la entidad mercantil Fominaya, S.A., puede comercializar libremente su producto, al dejar de infringir los derechos de exclusiva del citado modelo, como consecuencia de su caducidad.